El
coastering, la nueva modalidad de deporte de aventura que suena con fuerza en
nuestras costas este verano, surgió hace
casi veinte años en Reino Unido, en lugares tan espectaculares como Anglesey,
en Gales, donde el mar pelea por su espacio en la tierra.
Miguel Ángel García, del equipo de Experience
Mallorca & Escull aventura, nos habla de este deporte que supone
un contacto con la naturaleza más salvaje.
Sin embargo
esta nueva actividad requiere de una regulación que no en todos los casos está
siendo fácil. Nos hemos puesto también en contacto con la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del
Mar, para que nos expliquen cómo es la gestión para la obtención de
autorización para la práctica de
deporte.
- Empecemos por lo divertido… Miguel Ángel, ¿qué es el coasteering?
- El coasteering es una actividad que va a lo largo
de la costa saltando desde los acantilados, la altura dependerá del lugar y sus
posibilidades, además se le pueden añadir rapel, tirolinas,
escaladas, o cuevas dependiendo del lugar y posibilidades. Y si el sitio se da
a ello ¡hasta snorkel!
- ¿Quién puede practicar este
deporte?
- Lo puede practicar todo el mundo que goce de buena
salud, y forma física, también dependerá del tipo de coasteering
- ¿Y es necesaria una buena
forma física o una buena preparación?
- Dependerá del
lugar donde se haga y las condiciones meteorológicas
- ¿Dónde se practica? ¿Qué
elementos están implicados?
- En cualquier acantilado que tenga saltos desde
pequeños de un metro, a lo que te atrevas a saltar.
- ¿Qué condiciones meteorológicas hay que tener para practicar el
coasteering?
- La situación ideal sería buen tiempo y condiciones
de mar calmada, agua caliente.
- ¿Qué tiene de fascinante este
deporte?
- La gente que no
tiene una gran forma física, tener un gran día en la naturaleza sin la
necesidad de no poderse mover al día siguiente.
- ¿Tiene algún riesgo?
- Si no se comprueban
los saltos antes, puedes chocar contra el fondo y tener lesiones, saltos muy
altos, de más de diez metros, pueden provocar daños en la espalda si no se está
preparado físicamente. Así que sí, es posible tener algún accidente practicando
este deporte, pero entiendo que como en cualquier otro deporte.
- Para la prevención de riesgos,
¿qué hay que hacer para evitar accidentes?
- Lo mejor es ir de la mano de un guía que controle
este deporte en la zona para disfrutar de un buen día sin tener que preocuparse
de la técnica.
- ¿Que ropa y protección hay que
llevar?
- En nuestra opinión, como mínimo hay que llevar
neopreno, chaleco y casco, y dependiendo del sitio al que vayamos a ir
tendríamos que añadir el arnés y luz.
- ¿Cuál es el lugar más
fascinante donde has practicado este deporte y por qué?
- Mallorca, sólo por el color de sus aguas y cuevas
marinas es espectacular
- ¿En dónde recomendarías
empezar a practicar este deporte y por qué?
- En cualquier lugar del mundo donde puedas
encontrar acantilados en el mar, ya que es el sitio idóneo que se suele prestar
a este tipo de actividad. Además, si es un sitio bonito ¡mejor todavía!
- Dentro de La
Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, es el departamento de Demarcación de Costas quien se encarga específicamente de la
regulación. ¿Cómo se podría denominar la práctica de este deporte?
- El
coasteering se tramita dentro de expedientes de autorización de utilización de
lo que se denomina Dominio Público Marítimo-Terrestre para actividades
náutico-deportivas, es decir, dentro de un conjunto más amplio de actividades
que desarrollan las empresas de aventuras como pueden ser travesía en piragua,
Surf, Kayak, Bodyboard….
- ¿Cuál es la gestión para
la práctica de este deporte?
- El Ministerio
de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, MAPAMA, tramitar un
expediente de autorización por la utilización del Dominio Público
Marítimo-Terrestre para el desarrollo de las citadas actividades en virtud a lo
establecido en el artículo 51 de la Ley 22/88 de 28 de julio de Costas, esto
es, se necesita un permiso del MAPAMA por llevar a cabo la actividad sobre un
espacio público de titularidad estatal –por la ubicación-, con el pago por el
interesado de un canon al Estado, al aprovecharse de este espacio para una
actividad con rendimiento económico privativo.
- El MAPAMA ¿se encarga
también de regular la actividad?
- El MAPAMA no
tiene las competencias para el control de dichas actividades desde el punto de
vista, entre otras, de regulación del deporte, seguridad para sus usuarios,
educación o control de la actividad económica. Dicha ocupación no sería
autorizada en la parte correspondiente si se detectara intento de privatización
de la costa o riesgo de daños para terceros o para los bienes que constituyen
el dominio público marítimo-terrestre, como son fundamentalmente: las playas,
los acantilados, el mar.
- ¿Cómo se obtiene el permiso?
- Para otorgar
dicho permiso, conforme a lo estipulado en el artículo 152.6 del Reglamento
General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, el MAPAMA, a través
de su oficina delegada en la provincia, solicita informe a varias
administraciones implicadas como pueden ser Ayuntamientos, Comunidad Autónoma,
etc.
- ¿Es complicado obtener
esta tramitación?
- Si hubiera
una denegación , no sería porque desde Costas se haya entendido que sea un uso
contrario a la Ley, sino porque durante la tramitación del expediente la
Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, por ejemplo, ha podido entender que parte de la actividad
solicitada puede producir afecciones sobre los objetivos de conservación en
varios hábitats y especies de interés comunitario en espacios integrados en la
Red Natura 2000.
Artículo elaborado por: Zuriñe Álvarez
Hay mucho imprudente suelto, y esto debería estar mucho más regulado para evitar accidentes.
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